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adhoc.moscow / ARBITRAJE PARA UNA CONTROVERSIA CONCRETARecurso informativo
Convenio · composición · procedimiento

Una controversia concreta.
Procedimiento
acordado.

El arbitraje ad hoc es un arbitraje para resolver una controversia concreta, en el que las partes constituyen el tribunal arbitral para un caso determinado, sin que este actúe como una institución arbitral permanente.

Antes de empezar el trabajo

Una controversia concreta. Un procedimiento acordado.

Primero, el convenio arbitral, la admisibilidad de someter la controversia a arbitraje y el procedimiento de constitución del tribunal arbitral. El sitio tiene carácter informativo y no administra arbitrajes.

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Concepto

Qué es un tribunal arbitral ad hoc

El arbitraje ad hoc es un procedimiento para resolver una controversia concreta de naturaleza civil. En esta modalidad, las partes constituyen el tribunal arbitral para un caso determinado: eligen a un árbitro único o a un colegio de árbitros, acuerdan el procedimiento y someten la controversia a su examen dentro de los límites del convenio arbitral.

La idea fundamental del arbitraje ad hoc es que el tribunal arbitral se constituye para una controversia concreta y no es un centro permanente que reciba, asigne y administre casos de forma continuada.

El sentido del arbitraje ad hoc: una controversia concreta, un convenio arbitral concreto, una composición específica del tribunal arbitral y un procedimiento acordado por las partes.

Qué documentos ayudan a analizar la cláusula arbitral

Para examinar la cláusula, es importante disponer de su texto exacto y del documento que la contiene. Decir simplemente que «el contrato prevé un tribunal arbitral» no permite saber qué forma de resolución de controversias se ha acordado realmente. Conviene adjuntar el contrato completo, sus anexos pertinentes y los acuerdos posteriores que hayan modificado el procedimiento de resolución de la controversia o la composición de los participantes.

Indique por separado si ya ha surgido una controversia, cuál es el objeto de las pretensiones y en qué fase se encuentra el intercambio de documentos. Esto permite distinguir las preguntas sobre una futura cláusula de las preguntas sobre actuaciones ya realizadas en virtud de un convenio concreto. Se necesita información sobre las partes del contrato y las personas que firmaron las modificaciones, en la medida pertinente para la cuestión planteada.

  • El contrato principal que contiene la cláusula, su fecha y los anexos a los que esta remite.
  • Los acuerdos y la correspondencia en los que las partes trataron la modificación de la cláusula.
  • La formulación de la pretensión surgida y de las objeciones, si ya se han presentado.
  • Las propuestas de elección del árbitro y las respuestas de la otra parte.
  • Las notificaciones pertinentes y las pruebas de su envío.

Si el texto difiere entre distintos ejemplares del contrato, conserve cada versión y explique su procedencia. Indique qué documentos están firmados, cuáles siguen siendo proyectos y qué modificaciones impugna la otra parte. Para un examen inicial bastan copias legibles que mantengan el orden de las páginas. Este conjunto permite plantear una pregunta concreta: qué condiciones se han acordado con claridad, dónde se necesita un acuerdo adicional y qué circunstancias requieren una valoración jurídica independiente.

Cómo reconstruir la secuencia de acuerdos sobre el procedimiento

Cuando ya se ha iniciado el debate sobre el arbitraje ad hoc, resulta útil elaborar una cronología independiente de las actuaciones organizativas. Para cada entrada, indique la fecha, el remitente, el destinatario, el asunto del mensaje y el documento que permite comprobar la información. La cronología resulta especialmente útil si las propuestas sobre la composición del tribunal, el idioma y la forma de intercambiar documentos se trataron en distintos correos.

Distinga entre una propuesta de una parte y una condición que la otra parte haya aceptado expresamente. La falta de respuesta, un correo reenviado y un acuerdo firmado son circunstancias de partida diferentes. No deben agruparse bajo la fórmula «las partes acordaron» sin indicar el documento que lo acredita. El significado jurídico de cada circunstancia se evalúa en relación con la controversia concreta.

  1. Anote las cuestiones sobre las que el acuerdo ya consta en los documentos.
  2. Señale las disposiciones que presentan distintas versiones u objeciones.
  3. Vincule cada entrada con un correo, un anexo o un acuerdo firmado.
  4. Enumere por separado las actuaciones organizativas que aún deben tratarse.

Para los mensajes electrónicos, conserve los correos originales con sus adjuntos, y no solo capturas de pantalla. Compruebe si se puede identificar a qué propuesta correspondía la respuesta y qué archivo se estaba tratando. Si se ha perdido parte de la correspondencia, indique esa laguna. Conviene formular por separado las preguntas sobre el contenido del convenio, la independencia del árbitro propuesto y las pruebas documentales de las notificaciones: sus respuestas se basan en materiales diferentes.

La lista preparada se utiliza para examinar el procedimiento de una controversia concreta. No constituye la presentación de una demanda a través del sitio ni sustituye el contacto con el tribunal arbitral elegido por las partes.

Diferencia

Arbitraje ad hoc e institución arbitral permanente

La principal diferencia es la ausencia de una administración institucional permanente. El arbitraje ad hoc no debe presentarse como una forma encubierta de institución arbitral permanente.

Institución arbitral permanente

Institución arbitral permanente

  • responde a un modelo institucional;
  • administra arbitrajes de forma permanente;
  • dispone de reglas y órganos de administración;
  • publica sus reglas y procedimientos;
  • actúa bajo un régimen jurídico especial.
Ad hoc

Tribunal arbitral para una controversia concreta

  • se constituye para un caso determinado;
  • no es una institución permanente;
  • el procedimiento se determina por acuerdo de las partes;
  • la composición del tribunal se acuerda para una controversia concreta;
  • no debe imitar el funcionamiento de una institución arbitral permanente.
Riesgo práctico: si bajo la apariencia de arbitraje ad hoc funciona en realidad un centro permanente que recibe y administra controversias de forma masiva, esto puede influir en la valoración del procedimiento y en la ejecutabilidad del laudo.
Cláusula

Qué conviene prever en una cláusula arbitral ad hoc

La cláusula arbitral debe ser clara y ejecutable. Cuanto menor sea la incertidumbre sobre la constitución del tribunal arbitral y el procedimiento, menor será el riesgo de controversias sobre la validez del convenio y la forma de tramitación.

Consentimiento de las partes: indicación clara de que la controversia se somete a arbitraje ad hoc.
Número de árbitros: un árbitro o un colegio de tres árbitros.
Nombramiento del árbitro: quién nombra al árbitro, cómo lo hace y en qué plazo.
Sede del arbitraje: lugar jurídico del arbitraje.
Idioma y forma de intercambio de documentos: direcciones, email, plazos y pruebas de envío.
Procedimiento: tramitación escrita, audiencia, plazos y reglas para la presentación de pruebas.
Gastos: forma de distribución de los gastos y de la remuneración del árbitro.
Confidencialidad: si las partes desean limitar la divulgación de información.
Etapas

Cómo suele desarrollarse el procedimiento ad hoc

1

Convenio arbitral

Las partes deben acordar someter una controversia concreta a arbitraje.

2

Constitución del tribunal

Se nombra a un árbitro único o a un colegio de árbitros conforme al procedimiento acordado por las partes.

3

Determinación del procedimiento

Se fijan los plazos, la forma de notificación, el intercambio de documentos y el formato de la audiencia o de la tramitación escrita.

4

Posiciones de las partes

Las partes presentan sus pretensiones, objeciones, pruebas, cálculos y explicaciones.

5

Examen de la controversia

La controversia se examina dentro de los límites del convenio arbitral y del procedimiento acordado.

6

Laudo

El tribunal arbitral dicta un laudo y, si este no se cumple, puede plantearse la expedición de un mandamiento de ejecución.

Riesgos

Qué puede impedir la ejecución del laudo

En el arbitraje es importante obtener un laudo y conservar su ejecutabilidad. Si no se cumple voluntariamente, la parte puede enfrentarse a un examen del procedimiento al solicitar un mandamiento de ejecución.

  • no existe un convenio arbitral válido;
  • la controversia no puede someterse a arbitraje;
  • una parte no fue debidamente notificada;
  • el tribunal arbitral se constituyó incumpliendo el convenio;
  • el procedimiento no se ajustó al acuerdo de las partes;
  • el árbitro carece de independencia o tiene un interés en el asunto;
  • el laudo excedió los límites del convenio arbitral;
  • se vulneraron los principios básicos de igualdad y contradicción;
  • bajo la apariencia de arbitraje ad hoc actuó en realidad una institución permanente.
Qué no debe hacerse

Errores al utilizar la modalidad ad hoc

Imitar una institución arbitral permanente

No debe transformarse el arbitraje ad hoc en un centro permanente que reciba y administre controversias de forma sistemática bajo la apariencia de tribunales arbitrales constituidos para casos individuales.

Recibir «demandas» como una institución

Una pregunta enviada a un recurso informativo no constituye la presentación de una demanda. La forma de remitir las pretensiones y los documentos se acuerda para el arbitraje concreto.

Escribir «nuestro reglamento del tribunal»

El arbitraje ad hoc se basa en el acuerdo de las partes sobre una controversia concreta, y no en un reglamento institucional permanente.

Prometer el cobro

No puede garantizarse un resultado ni un mandamiento de ejecución. La ejecutabilidad depende del convenio, del procedimiento y de la valoración del tribunal estatal competente.

Ignorar las notificaciones

La debida notificación a una parte es uno de los elementos clave para la solidez del laudo arbitral.

Mezclar funciones

No debe combinarse la función independiente del árbitro con el asesoramiento jurídico a una de las partes en la misma controversia.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿El arbitraje ad hoc es un tribunal arbitral?

Sí, pero no permanente. Es un tribunal arbitral constituido por las partes para resolver una controversia concreta.

¿Cómo formular una pregunta sobre el arbitraje ad hoc?

Indique si ya ha surgido una controversia, qué texto de la cláusula se ha acordado y qué cuestión requiere un análisis: la composición del tribunal arbitral, la forma de intercambiar documentos o las condiciones del procedimiento.

¿Pueden tramitarse muchas controversias mediante arbitraje ad hoc?

Es arriesgado si el modelo empieza a parecer una administración permanente de arbitrajes. La modalidad ad hoc está vinculada a una controversia concreta y a un acuerdo concreto entre las partes.

¿Se necesita autorización del Ministerio de Justicia de Rusia para el arbitraje ad hoc?

Las instituciones arbitrales permanentes actúan bajo un régimen jurídico especial. Por su naturaleza, el arbitraje ad hoc no es una institución arbitral permanente, pero no debe utilizarse para eludir los requisitos aplicables a las instituciones permanentes.

¿Qué es lo más importante para la ejecutabilidad del laudo?

Un convenio arbitral válido, la arbitrabilidad de la controversia, la debida notificación a las partes, la correcta constitución del tribunal y el cumplimiento del procedimiento acordado.

Pregunta sobre el tema

Hacer una pregunta sobre el arbitraje ad hoc

Puede enviar una pregunta sobre la cláusula arbitral, las diferencias entre el arbitraje ad hoc y una institución arbitral permanente, la constitución del tribunal arbitral, los riesgos para la ejecutabilidad o los errores del procedimiento.

  • cláusula arbitral;
  • elección del árbitro;
  • notificación a las partes;
  • mandamiento de ejecución;
  • riesgos de imitar una institución arbitral permanente.
Sitio informativo sobre el arbitraje ad hocinfo@adhoc.moscow
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